Si no te suena el término, nosotros te vamos a contar de qué se trata, ya que nos parece un instrumento muy útil para la planificación de la jubilación, como producto de ahorro y como alternativa de inversión.
A grandes rasgos:
«Los Unit Linked son seguros de vida en los que el tomador del seguro asume el riesgo de la inversión pudiendo escoger entre unas cestas de fondos, previamente creadas y seleccionadas por las aseguradoras en base al nivel de riesgo de sus activos, en los que desea que se inviertan las aportaciones realizadas.»
La principal característica de los Unit Linked es que permiten al ahorrador el cambiar de cesta de fondos (que normalmente las aseguradoras ya clasifican su perfil desde conservadoras hasta las agresivas, pasando por las moderadas o equilibradas) en función de su aversión al riesgo y no tributando hasta el rescate del capital.
RÉGIMEN FISCAL
Los Unit Linked disfrutan del régimen fiscal general de los contratos de seguro de vida en el IRPF; en consecuencia, los rendimientos que perciba el asegurado (tomador del seguro), tanto en caso de supervivencia como en el de rescate, derivados de tales contratos de seguro se califican como rendimientos del capital mobiliario, devengados en el momento en que se abonen por parte de la compañía de seguros los derechos económicos derivados de la póliza. En caso de fallecimiento del asegurado (siendo la misma figura que el tomador del seguro), los beneficiarios tributarán por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
PRODUCTO DE AHORRO PARA LA JUBILACIÓN
Existe en el mercado los denominados PIAS (Plan Individual de Ahorro Sistemático) con «carcasa» de Unit Linked. Hay que recordar que los PIAS son contratos celebrados con entidades aseguradoras para constituir, con las aportaciones realizadas, una renta vitalicia asegurada con la gran ventaja que tributará, en ese momento, en base al régimen fiscal de las rentas vitalicias (reducciones en función de la edad) y no sobre los rendimientos obtenidos al
final del contrato.
UNIT LINKED PARA EMPRESAS
Se suele utilizar como instrumento de previsión social complementaria. En este caso, el formato debe ser de seguro colectivo (aunque sea para un solo empleado) y, básicamente, se destina a los perfiles de empleados con cargos directivos. El caso más común de Seguro colectivo Unit Linked es aquel que da cobertura a los compromisos que establece la empresa en materia de pensiones y que superan el límite anual de aportación a través de planes de pensiones.
Por ejemplo, una empresa, en el marco de su negociación colectiva, pacta con sus empleados hacer una aportación anual en concepto de previsión social complementaria equivalente al 10 por ciento del salario anual a todos los empleados con más de 2 años de antigüedad. Un empleado que tenga 50 años y un salario anual de 120.000€, la empresa aportará 8.000€ al plan de pensiones del sistema de empleo (límite actual de aportación a planes de pensiones) y 4.000€ al Seguro colectivo Unit Linked, (en total 12.000€, que equivale al 10 por ciento de su salario).
A nivel fiscal en este entorno de previsión social complementaria, normalmente la empresa no imputa las primas del Seguro colectivo Unit Linked a sus empleados por lo que, hasta que no se perciba la prestación en la jubilación, no se podrá deducir la empresa las primas pagadas; para el empleado, esa prestación tributará como rendimientos del trabajo.
Como cualquier producto, el cliente tiene que comparar las comisiones que le propone la aseguradora y si le cargan gastos o comisiones por cambio de cesta o fondo dentro del Unit Linked y el número de cambios permitidos en un año.
Si quieres saber más de este producto, no dudes en ponerte en contacto con nosotros y además, si lo deseas, también puedes acceder a la web del diario El País dónde colaboramos recientemente en un artículo que trataba este interesante tema. Puedes acceder a él a través del siguiente enlace.
¡Hasta pronto!